¿Es obligatorio elegir una Mutua cuando se és autónomo?

Un autónomo, cuando se da de alta en la Seguridad Social en RETA, debe elegir obligatoriamente una MUTUA , que son asociaciones empresariales sin ánimo de lucro constituidas con el principal objeto de colaborar en la gestión de la Seguridad Social, en concreto en la gestión de las Contingencias de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales (A. T. y E. P.) y en la gestión de la prestación económica de Incapacidad temporal (I.T.) derivada de Contingencias Comunes.

¿Qué quiere decir?, que cuando una autónomo tiene que solicitar una baja por enfermedad , accidente laboral o el paro si ha cotizado por él, lo debe tramitar a través de las Mutua.

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Muchas veces nos confundimos y creemos que en la Seguridad Social se tramitan todo tipo de prestaciones, pero en el INSS , solo se tramitan las prestaciones como maternidad, orfandad, jubilación …..

Por último no debemos olvidar que al haber elegido una Mutua , no estamos contratando un seguro privado de salud, es decir no hay una relación de médicos especialistas a los que asistir como ocurre como cuando contratamos un seguro privado .