LA PRESTACIÓN POR CESE DE ACTIVIDAD SE SOLICITA A TRAVÉS DE LA MUTUA
Para encontrar a que mutua perteneces , puedes localizarlo en la carta de RESOLUCIÓN que te envío la seguridad social cuando te diste alta de autónomo, ó si no dispones de ella, puedes sacar el duplicado en la sede electrónica de seguridad social. Adjunto link
Leer más: Prestación por cese actividad COVID-19DUPLICADO RESOLUCIÓN EN RÉGIMEN ESPECIAL DE TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA
¿Cuando la puedes solicitar ?
Si estás dentro de la lista de las actividades que han tenido que cerrar local según el RD 463/2020 , puedes solicitarlo ya , es decir desde Marzo.
Si no estas incluido y debes demostrar la minoración del 75% de tu facturación, por tanto la podrás solicitar en Abril.
Requisitos
- Debes estar dado de alta
- Estar al corriente de pagos.Existe 30 dias para regularizar pagos.
- Presentar justificación que has tenido una reducción en facturación del 75% respecto al semestre anterior
Para acreditar la minoración de su facturación hay que tener en cuenta el mes anterior a la solicitud de la prestación (ES DECIR FACTURACIÓN DE MARZO, PORQUE SE PRESENTA EN ABRIL) respecto a la registrada en el promedio del semestre anterior (SERIA FACTURACIÓN DE OCTUBRE A FEBRERO).
Ejemplo
Facturación del semestre anterior | 12.000,00 € |
Meses | 6 |
Promedio mensual | 2.000,00 € |
Mes de marzo | 500,00 € |
Porcentaje de facturación marzo | 25% |
Reduccion de Facturación | 75,00% |
«NO HACE FALTA DARSE DE BAJA DE AUTÓNOMO, ES DECIR NO HAY QUE TRAMITAR BAJA NI EN HACIENDA NI EN SEGURIDAD SOCIAL .«
« SI TE CONCEDEN LA PRESTACIÓN NO PAGARÁS LA CUOTA DE AUTÓNOMO«