Hablamos de pluriempleo cuando un trabajador por cuenta ajena (empleado) trabaja a la vez para más de una empresa y esta dado de alta en el mismo régimen de seguridad por cuenta ajena.( Régimen General)
Pluriactividad sería el caso que un trabajador por cuenta ajena(empleado , trabajara a su vez como autónomo o viceversa (Totalmente compatible) por lo tanto estaría dado de alta en dos regímenes distintos de la seguridad social , por un lado en Régimen General y por otro en RETA.
¿Qué ocurre con la seguridad social?
En el caso de pluriempleo cada empresario pagaría según el contrato que tuviera el trabajador, jornada laboral y categoría profesional,al igual que pagaría un % el empleado de su nómina, Lo que resulta de cotizar en varias empresas se estaría incrementando su Base de cotización ,con lo cual a la hora de solicitar paro y jubilación se vería incrementado la prestación a percibir.
En el caso de pluriactividad , por un lado el empresario y trabajador pagarían lo que corresponde ,según su contrato de trabajo por cuenta ajena y a su vez la persona como autónoma cotizaría en RETA para la seguridad social.
¿Qué sucede con los impuestos?
En pluriempleo , habría que presentar la declaración de renta estando obligado a presentar por tener dos pagadores, superar los 12.000€ /año y además el segundo pagador ,pagar más de 1500€.
La mayoría de las personas piensa, que el hecho de tener dos pagadores sale perjudicado en la declaración de renta, pero el motivo real es la retención que se practique en ambos trabajos.
En Pluriactividad , habrá dos obligaciones, por un lado en el trimestre declarar solo y exclusivamente los rendimientos por la actividad de autónomo y luego en la declaración de renta, se declararían los ingresos por ambas actividades, tanto de trabajo como actividad económica